En Ecuador, los habitantes de un barrio tienen la opción de asociarse para hacer peticiones directas a los gobiernos autónomos descentralizados u otras instituciones públicos o privados.
Crear un comité pro mejoras puede ayudar a los moradores de un barrio a gestionar obras con los gobiernos autónomos descentralizados y regularizar la situación jurídica de sus bienes inmuebles, así lo explica Karla Ortega Espín, directora de Organizaciones Sociales del Ministerio de Infraestructura y Tecnología (MIT)
Ortega, funcionaria con amplia trayectoria desde el año 2011, lleva trabajando en esta importante área desde diciembre de 2023, cuando se vinculó al entonces Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI). Desde septiembre de 2025 asumió la Dirección de Organizaciones Sociales del Ministerio de Infraestructura y Tecnología, por la transición que significó la fusión del MIDUVI con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) para dar paso a lo que hoy se conoce como el Ministerio de Infraestructura y Tecnología (MIT). Esta nota periodística pretende ser una guía para los ciudadanos que deseen asociarse y conformar un comité pro mejoras.
¿Qué es un comité pro mejoras?
La ley determina que es una organización social que se constituye con un mínimo de cinco personas. Pueden ser más.
¿En qué tipo de territorio se puede conformar un comité pro mejoras?
Su derecho de participación determina que las personas puedan organizarse en cualquier parte del territorio nacional. No hay ningún limitante relacionado a la propiedad o la territorialidad donde realizan sus actividades. Más bien, los comités se constituyen para que las personas, en la libertad de asociarse, puedan tener acercamientos con los gobiernos locales (municipios, prefecturas, juntas parroquiales) para hacer sus regularizaciones, solicitar las escrituras, presupuestos participativos, etc.
¿Cuáles son los requisitos para organizar un comité pro mejoras en un barrio?
Los requisitos que determina el Reglamento de la Ley de Transparencia: el acta constitutiva, el estatuto de la organización social, la nómina de socios, la nómina de la directiva provisional, se tiene que poner un domicilio legal, hacer una declaración juramentada y, finalmente, con toda esta documentación, hacer una solicitud y dirigirla a la autoridad competente; en el caso del MIT, a los diferentes directores distritales a nivel nacional.
En promedio ¿cuánto demora un trámite para organizar un comité pro mejoras?
El tiempo que determina la norma es de 30 días, siempre se procede con todos los requisitos. Nosotros, como Ministerio de Infraestructura y Tecnología, hemos hecho capacitaciones a nivel nacional, inclusive facilitamos asesorías a los comités en cada una de las oficinas que tenemos a nivel nacional para que la ciudadanía no incurra en ningún gasto, ya que es un trámite gratuito y estas organizaciones sociales no tienen fines de lucro.
En un barrio, que tenga sus lotes por derechos y acciones ¿es posible constituir un comité pro mejoras?
La constitución del comité pro mejoras no está anclada a la propiedad de un bien inmueble. Sin embargo, en muchos casos, crean estos comités para poder hacer las regularizaciones con los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs).
¿Hay alguna diferencia o alguna limitante en cuanto a las competencias que tiene un comité pro mejoras si es que se trata de un barrio con lotes de propiedad bajo la figura de derechos y acciones?
No, no difiere. La Constitución de la República, que es nuestra base jurídica, determina que las personas tienen la libertad de asociarse. Dentro de sus fines y objetivos, lo único que difiere entre los comités pro mejoras y las asociaciones de moradores es el fin y el objetivo que tengan. Lo que nosotros verificamos cuando establecemos los comités es que no contravengan la Constitución en ninguna forma aplicable. Ellos pueden ponerse los fines y objetivos que consideren pertinentes, con los que vayan a trabajar dentro de su organización social.
¿Dónde se realiza el trámite?
Tenemos oficinas a nivel nacional. En cada provincia hay una oficina del MIT que recibe todo. La ejecución de este trámite se trabaja de manera desconcentrada.
¿Los municipios intervienen en la organización de un comité pro mejoras?
Cuando legalizamos un comité pro mejoras, no tienen ninguna injerencia. No solicitamos ningún requisito por parte de los Municipios. Es al revés: los municipios requieren que la organización esté inscrita en el Ministerio de Infraestructura y Tecnología para que ellos puedan hacer sus legalizaciones. Lo que nosotros verificamos, de acuerdo a la ley, es la circunscripción territorial, o sea, que la organización social no esté sobre otra organización social, que no haya otra organización que tenga la misma circunscripción.
¿Puede haber más de un comité pro mejoras en el mismo barrio?
Sí, las personas pueden organizarse en el mismo barrio. La limitante es de acuerdo al estatuto de cada organización, que pone las reglas dentro de su estatuto. Nosotros verificamos únicamente que no estén en la misma circunscripción, que no haya ese conflicto entre las organizaciones sociales. La norma no dice que podemos limitar a las personas el derecho de participación, más bien, dentro de su estatuto, hacen esta limitación para que dentro de su circunscripción no existan más comités.
Entonces: la Constitución y la normativa en materia de organizaciones sociales no limitan el derecho de asociarse en una misma circunscripción territorial. Pueden existir una o varias organizaciones sociales (comités pro mejoras) en una misma circunscripción.
¿El modelo del estatuto lo entrega el MIT?
Tenemos un modelo referencial en nuestra página web. Presentamos a la ciudadanía una página web bastante dinámica, en la que tenemos los modelos referenciales de documentos que pueden servir como una guía para que, el día de su reunión, las personas puedan hacer su acta y que esta a su vez contenga todo lo que determina la ley. Claro, son únicamente modelos, la ciudadanía puede ir adecuando estos modelos conforme a la necesidad que tenga, sobre todo, el objetivo que quiera incluir al crear una organización social.
¿Qué competencias tiene un comité pro mejoras?
En nuestro caso (MIT) verificamos que tengan objetivos apegados a vivienda o apegados a transporte. En el caso de vivienda, no permitimos que se vaya contra la norma; como son sin fines de lucro, no pueden pedir cuotas; suelen prohibirles a los socios que participen por no haber pagado esas cuotas. La mayoría de nuestros comités de vivienda se conforman para hacer regularizaciones en los diferentes GADs, para solicitar obras, organizarse en ciertos casos, por ejemplo: las personas que quieren tener escrituras acudan a la organización social para ir a los GADs.
¿Hay mucha demanda para crear los comités pro mejoras?
Tenemos, en general, alrededor de 600 a 700 trámites mensuales a nivel nacional. Una vez que las organizaciones se han conformado, nuestro trámite con mayor demanda es el registro de directiva; hemos constituido alrededor de 100 comités pro mejoras en lo que va de 2026.
¿Qué tipos de organizaciones sociales se tramitan en el MIT?
Se crean fundaciones, asociaciones de moradores, comités pro mejoras y federaciones, que es cuando varios barrios se unen. Existen diferentes realidades en cada una de las provincias del país, por ejemplo: en Guayas tenemos una cantidad más amplia de asociaciones que se crean para las urbanizaciones. En cambio, en Quito tenemos mayor demanda de comités pro mejoras.
¿Cuál es la diferencia entre la asociación de moradores y el comité pro mejoras?
La diferencia radica en el objetivo que ellos se pongan. Generalmente, los comités son más para hacer pedidos a las diferentes instituciones públicas y privadas. Las asociaciones son para conformarse más entre los miembros, poder tener una organización.
En cuanto a la creación de un comité pro mejoras ¿también se exige un patrimonio?
Puede tener o no puede tener un patrimonio. La ley dice que todo debe ser declarado juramentadamente, sí lo tiene o no lo tiene. Obviamente, la mayoría de comités empieza sin ningún patrimonio, que pueden ser sillas, mesas, etc. Si es que tienen algún tipo de bien es para la autogestión dentro de la organización.
¿Parte del trámite que se realiza para constituir un comité pro mejoras se puede hacer en línea o necesariamente tiene que ser personal?
La entrega de documentación es de manera presencial. Caminamos a la digitalización, pero todavía estamos levantando la información porque tenemos 11.000 organizaciones a nivel nacional.
¿Bajo qué normativa se constituyen los comités por mejoras?
En el Código Civil tenemos un articulado que es del 572, dice que el estatuto es obligatorio para toda organización social. Las normas que nos rigen a nosotros son la Ley de Transparencia y el Reglamento a la Ley de Transparencia, y, dentro de nuestro Ministerio, el Acuerdo Ministerial 25-60, un Acuerdo Ministerial que hicimos después de la Ley de Transparencia. Somos uno de los pioneros en disponer de toda la información que requieren las organizaciones sociales.
Para crear un comité pro mejoras y los trámites que esta gestión implica ¿es necesario contratar a un abogado?
No se necesita de un abogado para los trámites de organizaciones sociales. Inclusive, el Ministerio brinda asesorías gratuitas a nivel nacional para toda la ciudadanía; al igual que en nuestra página web la ciudadanía puede encontrar modelos y guías didácticas para realizar sus trámites. Este sitio web es https://www.mit.gob.ec/organizaciones-sociales/. Ahí encontrarán toda la información.